viernes, 19 de septiembre de 2008

La Cámara Federal de Mendoza es reincidente: libera a otro asesino

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Los camaristas: Julio Petra, Alfredo López Cuitiño y Carlos Pereyra González firmaron la resolución que libera al coronel Oscar Dopazo.

El 13 de setiembre la sala "A" de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza otorgó la excarcelación al coronel Oscar Orlando Dopazo, quien fuera jefe de Inteligencia del G2 en los ´70 y está imputado por violación a los derechos humanos, detenciones ilegales y torturas.

La resolución en cuestión lleva la firma de Julio Petra, Alfredo López Cuitiño y Carlos Pereyra González y, previo a comunicar la decisión, se aclara que en el expediente -que llegó desde el despacho del juez federal Walter Bento, tras un planteamiento del defensor oficial- "no se señala qué riesgos procesales estarían presentes en caso de que el imputado recuperase su libertad, ni cuáles eran las pruebas que lo acreditan".

Hoy, la Cámara Federal Sala "A", libera al sargento del Ejército Argentino Osvaldo Benito Martel dicta la falta de mérito del uniformado en los delitos de tormentos agravados en concurso ideal con lesiones leves en perjuicio de Margarita Rosa Camus, nieta del entonces gobernador de San Juan, Eloy Camus (que también fue detenido) y actual jueza de garantías de la Justicia sanjuanina .

... Los camaristas que votaron en forma positiva por la revocación del procesamiento y la prisión preventiva, rescatan del voluminoso expediente las declaraciones de la mujer, que fue detenida el 25 de noviembre de 1976 y terminó en una celda del viejo Instituto Penal de Chimbas. En ese momento, después de negarse a declarar, fue encapuchada y en esas condiciones fue interrogada sobre su vinculación con el grupo Montoneros.
Uno de los torturadores habría sido el sargento Martel, al que reconoce por la voz y por un legajo de fotos y que está acreditado, cumplía funciones en dicha unidad carcelaria.

Los camaristas Petra y Pereyra González hacen un "análisis" del tipo de autoría atribuida al imputado, basado en reiterados fallos, que consideran al "autor mediato", como el jefe que, a través de un aparato de poder, domina la voluntad del "ejecutor" (o subordinado), que, a su vez, "es autor directo, material o inmediato del hecho criminal".

Este criterio les permite LIBERAR a LOS AUTORES MATERIALES DE LOS SECUESTROS, LAS TORTURAS Y LOS ASESINATOS, tratándose de funcionarios que como CARLOS RICO TEJEIRO, por ejemplo, se encuentran en altos cargos que les permiten conducir las fuerzas de seguridad, tal como la patota que supieron integrar.

lunes, 15 de septiembre de 2008

La Cámara Federal de Mendoza liberó a Oscar Dopazo

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Los camaristas: Julio Petra, Alfredo López Cuitiño y Carlos Pereyra González firmaron la resolución que libera al coronel Oscar Dopazo.

La sala "A" de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza otorgó la excarcelación al coronel Oscar Orlando Dopazo, quien fuera jefe de Inteligencia del G2 en los ´70 y está imputado por violación a los derechos humanos, detenciones ilegales y torturas.

Así, uno de los acusados en la provincia por delitos de lesa humanidad (con prisión domiciliaria desde agosto de 2004) recuperará la libertad y en esas condiciones esperará la hora del juicio.

Sin embargo, es muy probable que este primer caso impulse al resto de los imputados y procesados en las 60 causas ligadas a los crímenes de la última dictadura a reclamar igualdad de derecho y, por lo tanto, pidan su excarcelación.

De hecho, ayer la defensa del ex coronel Tamer Yapur, a quien se le achacan los mismos delitos y fue segundo de la Octava Brigada) ya había hecho un pedido similar

La resolución en cuestión lleva la firma de Julio Petra, Alfredo López Cuitiño y Carlos Pereyra González y, previo a comunicar la decisión, se aclara que en el expediente -que llegó desde el despacho del juez federal Walter Bento, tras un planteamiento del defensor oficial- "no se señala qué riesgos procesales estarían presentes en caso de que el imputado recuperase su libertad, ni cuáles eran las pruebas que lo acreditan".

Tras lo cual redondean la resolución señalando: "No existiendo a "prima facie" peligro de fuga, ni riesgo de las comisión de nuevos delitos, como por el que fue indagado, ni pruebas que demuestren que puede presionar a los testigos y que con su libertad se altera el orden público.

Entendemos -afirman los tres camaristas- que corresponde acceder al beneficio de la excarcelación, el que eventualmente podría revocarse si se demuestra y prueba alguno de los extremos señalados.

Esta decisión de la Cámara abre una polémica puertas adentro de los Tribunales Federales. Concretamente, el Ministerio Público federal ya mostró su disidencia con la medida y teme que se produzca el efecto dominó que lleve a todos los imputados en estos casos a conseguir su libertad.

Ante esto, ya se encuentran preparando todos los recursos extraordinarios que sean necesarios para evitar que los ex militares y ex policías detenidos sean liberados mientras esperan la resolución de las causas.

Precisamente, algunos fiscales (en Cuyo hay 10, bajo la órbita de Santiago Teruel) consideraron en estricto off the récord que "la Cámara se apresuró" con esta resolución y que por "respeto a la sociedad" habría que haber esperado. Finalmente dijeron que confían en que los planteamientos que harán "lleven las cosas a su justo lugar".

Los fundamentos

La Cámara reconoce en sus argumentos la "seriedad del delito, su grave reproche social y la eventual severidad de la pena prevista para el caso", también hace referencia a la detención de Dopazo (desde el 28 de julio de 2004), que "excede el plazo legal previsto", por lo cual la "denegación de la excarcelación solicitada no puede fundarse exclusivamente en la gravedad del delito imputado, sino que el Tribunal debe atender las circunstancias objetivas y subjetivas que en el caso concreto permiten formular un juicio sobre la existencia del peligro que genera la necesidad del mantenimiento de la medida de coerción".

En esta resolución, para muchos considerada como "un hecho nuevo" dentro de la Justicia Federal, también se hace referencia a que el imputado tiene 75 años y una insuficiencia cardiovascular crónica, concluyendo que Dopazo "no tiene antecedentes penales ni ha sido declarado rebelde en ninguna oportunidad".

Los camaristas recuerdan en su escrito que la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, en las causas Lardone y Padovani, "resolvió conceder las excarcelaciones de los imputados por delitos similares a los aquí investigados".

Tras lo cual resuelve hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa y conceder la excarcelación a Dopazo, bajo "caución juratoria".

Diario Los Andes - La Justicia federal liberó a un militar imputado por secuestros y torturas